Kast ingresa reforma de seguridad: qué propone y qué cambia
El Gobierno ingresó al Senado una reforma constitucional que busca fortalecer las herramientas del Estado frente al crimen organizado y el terrorismo. La iniciativa contempla ocho modificaciones, entre ellas la creación de un nuevo estado de excepción de seguridad pública.
La propuesta podría permitir restricciones a determinados derechos y facultades extraordinarias para el Presidente, pero todavía debe superar la discusión y votación del Congreso antes de convertirse en norma vigente.
Gobierno lleva su reforma de seguridad al Senado
El Gobierno del presidente José Antonio Kast inició la tramitación de una de sus principales iniciativas en materia de seguridad. El proyecto forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) y fue ingresado al Senado con suma urgencia, en medio del debate político sobre las herramientas disponibles para enfrentar organizaciones criminales y situaciones de grave afectación de la seguridad pública.
La reforma plantea ocho modificaciones constitucionales. Uno de sus ejes es establecer expresamente la seguridad pública como un deber del Estado, elevando esta materia a rango constitucional. El Ejecutivo sostiene que el cambio permitiría reforzar la actuación coordinada de las instituciones frente al crimen organizado y el terrorismo.
El texto también abre la posibilidad de establecer regímenes penitenciarios diferenciados para integrantes de organizaciones criminales o terroristas. Entre las medidas previstas se encuentran restricciones de comunicaciones, visitas, traslados y acceso a determinados beneficios penitenciarios cuando sean necesarias para impedir que personas condenadas continúen coordinando actividades ilícitas desde establecimientos penitenciarios.
Nuevo registro para organizaciones criminales
Otra de las modificaciones contempla entregar respaldo constitucional a la creación de registros de organizaciones criminales.
La incorporación de una agrupación a estos registros podría generar efectos en la persecución penal de sus integrantes. Sin embargo, el Ministerio Público continuaría obligado a acreditar individualmente la participación de cada imputado en los delitos investigados.
La propuesta también entrega al Presidente de la República la facultad de declarar que una determinada agrupación constituye una organización terrorista o de crimen organizado.
Para ello deberá existir previamente un informe fundado del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional. Posteriormente, la declaración deberá ser sometida al Senado y requerirá el respaldo de dos tercios de sus miembros en ejercicio en una sesión especialmente convocada para esos efectos.
¿Cómo funcionaría el nuevo estado de excepción?
Uno de los aspectos que concentra mayor atención es la creación de un Estado de Excepción Constitucional de Seguridad Pública, diferente de las figuras actualmente contempladas en la Constitución.
Según el proyecto, el Presidente podría declararlo cuando exista una amenaza grave e inminente contra la seguridad pública o cuando esta ya haya sido gravemente afectada. La medida podría aplicarse sobre zonas determinadas del territorio nacional.
El nuevo estado de excepción tendría una duración máxima inicial de 120 días. El Presidente podría prorrogarlo una vez por otros 120 días sin requerir previamente el acuerdo del Congreso. Para extensiones posteriores sí necesitaría autorización parlamentaria. De esta manera, la propuesta permitiría alcanzar hasta 240 días antes de que una nueva prórroga requiera ese consentimiento.
Las zonas sometidas al régimen quedarían bajo la dependencia inmediata de un oficial general designado por el Presidente. Una ley orgánica constitucional tendría que establecer sus atribuciones, las facultades de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y la eventual colaboración de las Fuerzas Armadas.
Las facultades que podría ejercer el Presidente
Durante la vigencia de este nuevo estado de excepción, el proyecto permitiría al Presidente suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y restringir el derecho de reunión.
También contempla la posibilidad de restringir el derecho de asociación, interceptar, abrir o registrar documentos y comunicaciones y disponer requisiciones de bienes. Estas facultades han convertido este capítulo de la reforma en uno de los principales puntos de discusión política y jurídica.
Reforma genera reparos incluso dentro del oficialismo
La iniciativa no ha generado una posición uniforme entre los sectores que respaldan al Gobierno.
Representantes de Renovación Nacional y Evópoli han planteado dudas particularmente respecto de la extensión del nuevo estado de excepción, los controles sobre las facultades presidenciales y la intervención de comunicaciones. Desde la oposición también se han formulado reparos constitucionales y cuestionamientos al alcance de algunas medidas.
El Ejecutivo, por su parte, ha señalado que está disponible para introducir cambios durante la discusión parlamentaria. El ministro de Seguridad, Martín Arrau, afirmó que el Gobierno está abierto a escuchar indicaciones que permitan mejorar el proyecto.
La reforma deberá pasar por las comisiones de Constitución, Seguridad y Defensa del Senado durante su tramitación. Al tratarse de una reforma constitucional, el Gobierno necesita alcanzar el quórum correspondiente para que pueda avanzar en el Congreso.
Por ahora, las medidas descritas corresponden a una propuesta legislativa y no están vigentes. El texto puede ser modificado durante su discusión y votación parlamentaria.
Lo que debes saber
• El Gobierno ingresó al Senado una reforma constitucional con ocho modificaciones en materia de seguridad.
• Propone establecer constitucionalmente la seguridad pública como deber del Estado.
• Crea un nuevo estado de excepción que podría extenderse inicialmente por 120 días y prorrogarse otros 120.
• Durante su vigencia podrían restringirse derechos de locomoción, reunión y asociación, además de intervenirse comunicaciones.
• La reforma todavía debe ser discutida y aprobada por el Congreso antes de entrar en vigencia.

